Duración máxima de la estadía para los visitantes de negocios del CETA
La duración máxima de la estadía para visitantes de negocios a corto plazo y visitantes de negocios con fines de inversión es de 90 días en cualquier período de seis meses, si el solicitante no califica según R186 (a) o R187.
Todos los visitantes de negocios de CETA pueden buscar la entrada a Canadá para una serie de visitas periódicas relacionadas con un proyecto específico. Estas visitas pueden tener lugar durante un período de semanas o meses. En estas circunstancias, se debe considerar la posibilidad de emitir un registro de visitante para facilitar la entrada y reducir las posibles derivaciones a la secundaria de inmigración.
Actividades permitidas para visitantes de negocios CETA
El anexo 10-D del CETA respalda la categoría de visitante de negocios. Proporciona una lista de actividades permitidas para la entrada como visitante de negocios. La lista de actividades elegibles para los visitantes de negocios es diferente en el CETA que en el TLCAN. Por ejemplo, incluye categorías para reuniones y consultas, así como seminarios de formación. Además, se modificó la descripción del servicio posventa para incluir también los servicios posventa.
Nota: Las actividades enumeradas a continuación se aplican a los visitantes de negocios a corto plazo de un estado miembro de la UE que ingresan a Canadá.
(a) Reuniones y consultas: personas físicas que asisten a reuniones o conferencias, o participan en consultas con socios comerciales;
(b) Investigación y diseño: investigadores técnicos, científicos y estadísticos que realicen investigaciones o investigaciones independientes para una empresa ubicada en el territorio de la otra Parte. Esto significa que el solicitante estaría realizando una investigación en Canadá, para una empresa con sede en un estado miembro de la UE;
(c) Investigación de mercados: investigadores y analistas de mercado que realicen investigaciones o análisis para una empresa ubicada en el territorio de la otra Parte. Esto significa que el solicitante estaría realizando una investigación o análisis en Canadá, para una empresa con sede en un estado miembro de la UE;
(d) Seminarios de capacitación: personal de una empresa que ingresa al territorio del otro país para recibir capacitación en técnicas y prácticas laborales que son empleados por empresas u organizaciones en esa Parte, siempre que la capacitación recibida se limite a la observación, familiarización y aula. instrucción solamente;
(e) Ferias y exposiciones: personal que asiste a una feria con el propósito de promocionar su empresa o sus productos o servicios;
(f) Ventas: representantes de un proveedor de servicios o bienes que toman pedidos o negocian la venta de servicios o bienes o celebran acuerdos para vender servicios o bienes para ese proveedor, pero no entregan bienes o prestan servicios ellos mismos. Los visitantes de negocios a corto plazo no realizan ventas directas al público en general;
(g) Compras: compradores que adquieren bienes o servicios para una empresa, o personal de administración y supervisión, que participan en una transacción comercial realizada en el territorio de la otra Parte;
(h) Servicio posventa o posventa: instaladores, personal de reparación y mantenimiento y supervisores, que posean conocimientos especializados esenciales para la obligación contractual del vendedor, que prestan servicios o capacitan a los trabajadores para que presten servicios, de conformidad con una garantía u otro contrato de servicio incidental. a la venta o arrendamiento de equipo o maquinaria comercial o industrial, incluido software informático, comprado o arrendado a una empresa ubicada fuera del territorio de la Parte en la que se solicita la entrada temporal, durante la vigencia de la garantía o contrato de servicio;
(i) Transacciones comerciales: personal de administración y supervisión y personal de servicios financieros (incluidos aseguradores, banqueros y corredores de inversiones) que participan en una transacción comercial para una empresa ubicada en el territorio de la otra Parte;
(j) Personal de turismo: agentes turísticos y de viajes, guías turísticos u operadores turísticos que asistan o participen en convenciones o acompañen un recorrido que haya comenzado en el territorio de la otra Parte; y
(k) Traducción e interpretación: traductores o intérpretes que presten servicios como empleados de una empresa ubicada en el territorio de la otra Parte. Esto significa que el solicitante estaría traduciendo o interpretando en Canadá, para una empresa con sede en un estado miembro de la UE.
Restricciones sobre la elegibilidad de visitantes de negocios bajo CETA:
Los visitantes de negocios a corto plazo no pueden:
Participar en la venta de un bien o servicio al público en general
recibir una remuneración directa o indirectamente de una fuente en Canadá
estar comprometidos en el suministro de un servicio, excepto lo dispuesto en el Anexo 10-D
Acuerdo Económico y Comercial Integral (CETA) Canadá-Unión Europea (UE) - Inversionistas R204 (a) (se requiere permiso de trabajo / código de exención LMIA T46)
Criterios del inversor
Las disposiciones para inversores del CETA se aplican a los solicitantes que:
Establecerá, desarrollará o administrará la operación de una inversión en una capacidad de supervisión o ejecutiva
eres el inversor
son empleados de una empresa que ha comprometido o está en proceso de comprometer una cantidad sustancial de capital
Duración de la estadía: Un año, con posibles extensiones a discreción del oficial, si el solicitante puede proporcionar documentación que satisfaga al oficial de procesamiento de su necesidad de extender su estadía.
Nota: Consulte la sección Ampliación de aplicaciones CETA para obtener detalles sobre cuándo se puede ampliar una aplicación.
Evaluación de la aplicación: Los inversionistas de CETA deben ser evaluados utilizando las pautas para inversionistas que se encuentran en la sección seis del TLCAN.
Acuerdo económico y comercial global (CETA) Canadá-Unión Europea (UE): personas transferidas dentro de la empresa (empresa) R204 (a) (se requiere permiso de trabajo / código de exención LMIA T44) y cónyuges (permiso de trabajo abierto / código de exención LMIA T45)
Criterios para los transferidos intraempresariales (empresas)
Todas las personas transferidas dentro de la empresa (empresa) deben estar empleados actualmente por una empresa de un estado miembro de la Unión Europea (UE) o ser socio de una empresa de un estado miembro de la UE y haber estado empleado o socio durante al menos 1 año en el momento de presentar la solicitud
ser transferido temporalmente a una empresa (puede ser una subsidiaria, sucursal o empresa principal de la empresa) en Canadá
El solicitante debe pertenecer a una de las siguientes categorías:
personal superior
especialistas
aprendices graduados
Personal senior y especialistas
El personal senior bajo CETA es paralelo al puesto de “capacidad ejecutiva”. Los especialistas son paralelos a las disposiciones de personal de “conocimiento especializado” bajo el TLCAN (ver Sección 4.5 y 4.7).
Duración de la estadía: el menor de tres años o la duración del contrato, con una posible extensión de hasta 18 meses a discreción del oficial, si el solicitante puede proporcionar documentación que satisfaga al oficial de procesamiento de su necesidad de tener su estadía extendido.
Criterios para aprendices graduados
Los aspirantes a graduados en prácticas también deben:
Poseer un título universitario
ser transferido temporalmente a una empresa en Canadá con fines de desarrollo profesional o para obtener capacitación en técnicas o métodos comerciales
Duración de la estancia: el menor de un año o la duración del contrato.
Nota: No se permiten extensiones para los aprendices graduados que soliciten la misma categoría y exención.